III. CASOS NO PREVISTOS
- Los casos no previstos en el presente reglamento serán resueltos por la correspondiente comisión organizadora de la competición de la FIFA, cuyas decisiones serán definitivas.
- En caso de que existan discrepancias en la interpretación de la versión inglesa, francesa, española o alemana de este reglamento, el texto inglés dará fe.
- La interpretación y la ejecución del Reglamento del control de dopaje para las competiciones de la FIFA están sujetas a la legislación del Cantón de Zúrich, respectivamente a la legislación suiza.
- En cualquier litigio relacionado con el presente reglamento se aplicará la legislación suiza. El foro es Zúrich.