Clases de Sustancias Parcialmente Restringidas

C. Anestésicos locales

Están autorizados con las siguientes condiciones:

  • utilizar bupivacaína, carbocaína, lidocaína, mepivacaína, procaína y xilocaína, y otros productos análogos, pero no la cocaína. Agentes vasoconstrictores (p.ej. adrenalina) pueden utilizarse junto con anestésicos locales.

  • su empleo sólo en inyecciones locales o intraarticulares;

  • el médico del equipo deberá informar por escrito en el formulario 0-1 qué sustancias se han utilizado, incluyendo diagnóstico, dosis, cuándo y por cuánto tiempo han sido prescritas, método de administración y si el uso tiene una justificación médica o si han sido administradas para un tratamiento dental.