II. OBJETIVOS

ART. 2

Los objetivos de la Federación son:

  1. Promover el deporte de "association football" en todas las formas que le parezcan oportunas.

  2. Desarrollar relaciones amistosas entre asociaciones nacionales, confederaciones y oficiales y jugadores, fomentando la organización de partidos de fútbol a todos los niveles y apoyando al deporte de "association football" por todos los medios que le parezcan útiles.

  3. Controlar el "association football" bajo todas sus formas tomando aquellas medidas que sean necesarias o convenientes, a fin de prevenir que se infrinjan los Estatutos y los reglamentos de la FIFA o las Reglas de Juego promulgadas por el International Football Association Board e impedir la introducción de otros métodos o prácticas irregulares en este deporte y los abusos a los que pudiera dar lugar la práctica del juego.

    3.1 No se admitirá discriminación alguna frente a un país o un individuo por motivos de raza, religión o política.

    3.2 Una asociación nacional que tolere, admita u organice competiciones en las que haya signos de discriminación o que esté establecida en un país en que la discriminación en el deporte esté instituida por ley, no será admitida en el seno de la FIFA o será excluida si lo estuviera. Cuando una asociación solicite participar en una competición o decida organizarla, garantizará a la Federación la observación de estas disposiciones.

  4. Prever con disposiciones estatutarias, reglamentarias o de otra forma, los principios válidos para decidir y resolver todas las diferencias que pudieran surgir entre las asociaciones nacionales.