IV. TORNEOS

ART. 10

  1. Todo torneo que reúna a más de dos equipos (clubes o selecciones representativas) regionales o nacionales, pertenecientes a diferentes asociaciones nacionales, deberá ser autorizado por la confederación en cuyo territorio esté previsto. Si uno o varios de los equipos provienen de una confederación diferente, se requerirá la autorización de la FIFA.

  2. Las peticiones de autorización necesarias deberán ser presentadas por la asociación nacional del territorio en el que esté previsto el torneo, a más tardar, dos meses antes de la primera de las fechas fijadas para el mismo.

  3. Las peticiones de autorización deberán ir acompañadas de una lista de los equipos cuya participación en el torneo esté prevista, así como del reglamento del torneo, según haya sido establecido por la autoridad organizadora.

  4. Si se disputa un torneo en el territorio de una asociación nacional sin que ésta solicite autorización, se sancionará a dicha asociación nacional, en conformidad con los reglamentos disciplinarios de la confederación en cuestión y, en caso necesario, de la FIFA.