XII. ELEGIBILIDAD DE LOS JUGADORES

ART. 17

Cada asociación debe tener en consideración las siguientes disposiciones para formar su equipo nacional:

  1. todos los jugadores deberán ser ciudadanos de su país;

  2. todos deberán poder ser seleccionados en conformidad con las disposiciones del Reglamento para la aplicación de los Estatutos de la FIFA (Art. 18).

Lista de Jugadores
ART. 18

  1. Para la competición final, cada asociación nacional clasificada podrá inscribir a 12 jugadores, numerados de 1 a 12. La lista de los 12 jugadores deberá llegar a la secretaria general de la FIFA, a más tardar, 10 días cabales antes del primer partido de la competición final.

  2. Los 12 jugadores podrán ser inscritos en la lista del partido (5 jugadores elegidos y 7 de reserva).

  3. Antes del inicio de la competición final, todos los jugadores inscritos deberán probar su identidad y nacionalidad por medio de su pasaporte. En caso de que este documento no sea presentado, no podrán participar en la competición final.

  4. Después de verificar el pasaporte, se entregará a los jugadores una tarjeta de identidad oficial establecida por la FIFA.

  5. Se autorizará a tomar parte en los partidos de la competición final únicamente a los jugadores que estén en posesión de la tarjeta de identidad con fotografía y emitida por la FIFA. Esta identidad deberá mostrarse durante el control que los árbitros efectúen antes del comienzo del partido.