XIII. CONTROL DE DÓPING

ART. 19

  1. El dóping está prohibido.

  2. Dóping es el uso o la administración de una composición de ciertas sustancias que pueden tener la función de incrementar artificialmente el estado físico y/o mental de un jugador, aumentando así también su actuación atlética.

  3. La Comisión de Futsal (fútbol sala) se reserva el derecho de ordenar que se hagan controles de dóping en la competición final.