XV. ARBITROS
ART. 21
- Los árbitros para los partidos de la competición final deberán pertenecer a una asociación nacional cuyo equipo no esté incluido en el mismo grupo de los equipos que juegan el encuentro en cuestión.
- Los árbitros para los partidos de la competición final serán designados por la Comisión de Arbitros de la FIFA.
- Las decisiones de la Comisión de Arbitros de la FIFA son definitivas.
- Después de cada partido el árbitro principal deberá redactar un informe en el formulario oficial de la FIFA. Posteriormente, deberá entregar el informe inmediatamente después del encuentro al comisario oficial o al representante de la FIFA en el lugar del partido.