REGULATIONS OF THE
3rd FUTSAL WORLD CHAMPIONSHIP

VII. COMISIÓN DE APELACIÓN

ART. 11

  1. La Comisión de Apelación se encargará de juzgar los recursos interpuestos contra las decisiones de la Comisión Disciplinaria que en el presente reglamento no se declaran como definitivas (ver Art. 40 § 2 de los Estatutos de la FIFA y Art. 7 § 4 del presente reglamento).

  2. La Comisión de Apelación del campeonato estará formada por el Presidente o el Vicepresidente de la Comisión de Apelación de la FIFA más dos miembros designados especialmente (ver Art. 6 del Reglamento relativo al funcionamiento de la Comisión de Apelación de la FIFA).

  3. La forma de proceder de la Comisión de Apelación está estipulada en el reglamento mencionado en el apartado anterior, a cuyas disposiciones se remite. Contiene asimismo, en particular, los plazos por observar y los derechos por pagar.

  4. En principio, la Comisión de Apelación tomará sus decisiones sobre la base de los documentos y otros medios de prueba que figuran en el expediente de la Comisión Disciplinaria. Sin embargo, si lo estima necesario, podrá pedir al Secretario General o a su representante que ponga a su disposición cualquier otro medio que juzgue útil (incluidas las imágenes televisivas, imágenes video, etc.).

  5. Las decisiones de la Comisión de Apelación son definitivas (ver Art. 40 § 3 de los Estatutos de la FIFA).

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