ART. 2.
Competición preliminar
a) observar el reglamento;
b) aceptar que todas las cuestiones administrativas, disciplinarias y de arbitraje concernientes a la competición preliminar sean resueltas por sus confederaciones respectivas, de acuerdo con los reglamentos redactados por ellas mismas. La FIFA intervendrá únicamente en caso de que estén involucradas asociaciones nacionales no miembros de una confederación y/o a petición expresa de una de las confederaciones.
ART. 3.
Competición final
a) observar el reglamento;
b) aceptar que todas las cuestiones administrativas, disciplinarias y de arbitraje concernientes a la competición final sean resueltas por la FIFA, de acuerdo con el presente reglamento o según las decisiones tomadas por la Comisión de las Competiciones Juveniles de la FIFA;
c) aceptar las disposiciones tomadas por la asociación nacional organizadora de la competición final, de común acuerdo con la FIFA, en lo que concierne a la organización local.